Articulo 12 Normas sobre ...o forestal

Articulo 12 Normas sobre el uso del fuego y el ejercicio de actividades susceptibles de incrementar el riesgo de incendio forestal

Ver Indice
»

Artículo 12. Franjas de prevención en carreteras, vías férreas y otras vías de comunicación

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Los titulares o concesionarios de carreteras, líneas férreas y otras vías de comunicación, cuando estas atraviesen terrenos forestales, deben establecer una franja de prevención de incendios forestales, sin perjuicio del resto de normativa sectorial que le sea de aplicación. Estas franjas deben ser de al menos el 10% de la anchura de la vía, y han de tener como mínimo un metro, a contar desde cada uno de los límites exteriores. Durante la época de peligro de incendio forestal, las franjas de prevención deben mantenerse permanentemente libres de matorral, vegetación herbácea y cualquier tipo de residuo que pueda favorecer la propagación del fuego.