Articulo 12 Operaciones d...puestarias

Articulo 12 Operaciones de cierre del ej. 2016 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias

Ver Indice
»

Artículo 12. Documentación auxiliar de la Cuenta General de 2016.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. A partir del 20 de enero de 2017, la Intervención General y los órganos equivalentes de las entidades de derecho público iniciarán la elaboración de la Cuenta General del ejercicio.

2. Los responsables de la Tesorería de cada entidad enviarán a su correspondiente unidad contable, antes del 28 de febrero, la siguiente documentación referida al ejercicio 2016:

a) Actas de arqueo a 31 de diciembre de todas las cuentas bancarias que conforman la tesorería de la entidad, justificadas con los certificados de las entidades financieras y la conciliación de saldos.

b) Actas de arqueo a 31 de diciembre de todas las cajas en efectivo de la entidad, incluidos los fondos en efectivo de las cajas pagadoras.

c) Relación detallada de todas las cuentas que conforman la Tesorería de la Entidad, abiertas o canceladas en el ejercicio, con indicación del tipo de cuenta (arqueo, restringidas, restringidas de recaudación, de pagos a justificar, anticipos de caja fija, las abiertas en las Habilitaciones de Educación), número de cuenta, entidad financiera, firmas autorizadas y saldo a 31 de diciembre. En el caso de apertura o cancelación, se acompañará el escrito de autorización.

d) Detalle, en su caso, de la cartera financiera por inversiones a corto plazo, ya sean acciones, valores de renta fija u otros activos.

3. La Intervención General solicitará a los centros gestores cuanta información auxiliar sea necesaria para la formación de la Cuenta General.