Articulo 12 Ordenación de...el Paisaje

Articulo 12 Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje

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Artículo 12. Utilización racional de los recursos naturales.

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El desarrollo de la Comunidad Valenciana debe realizarse mediante una utilización racional de los recursos naturales. Los instrumentos de ordenación territorial y urbanística establecerán una regulación de uso y ocupación del suelo y de gestión del agua conforme a los criterios indicados en los artículos siguientes.