Articulo 12 Organización ... Andalucía

Articulo 12 Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía

Ver Indice
»

Artículo 12.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La convocatoria de las sesiones será acordada por la persona titular de la Presidencia, quien fijará su orden del día, correspondiendo al Secretario General realizar las citaciones oportunas con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas. Con esa misma antelación, deberá encontrarse a disposición de todos los miembros del Pleno la documentación relativa a los temas incluidos en el orden del día.

2. El orden del día de las sesiones extraordinarias, que se acuerde celebrar por unanimidad de los Consejeros sin convocatoria previa, se fijará en el mismo acto.

3. Una vez iniciadas las sesiones, se podrán incorporar otros puntos al orden del día mediante acuerdo unánime de los Consejeros presentes.