Articulo 12 Prestaciones sociales de carácter económico de Cataluña
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»Artículo 12. Situación de necesidad.
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A los efectos de lo que establece la presente Ley, se entiende por situación de necesidad cualquier contingencia que tiene lugar o aparece en el transcurso de la vida de una persona y que le impide hacer frente a los gastos esenciales para el mantenimiento propio o para el mantenimiento de las personas que integran la unidad familiar o la unidad de convivencia a la que pertenece.
