Articulo 12 Presupuestos 2010 Euskadi

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Artículo 12. Presupuestos del resto de sociedades públicas.

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1. En los presupuestos de explotación y de capital de las sociedades públicas no incluidas en el artículo 4 de la presente ley, se aprueban para cada sociedad las dotaciones que se conceden por un importe total de 838.772.525 euros y de 306.900.574 euros, respectivamente, y por un importe total de 245.712.798 euros en cuanto al estado de compromisos futuros, cuyo desglose en ejercicios posteriores al 2010 será el que se detalla en el anexo I.

2. Los recursos estimados de las citadas sociedades públicas ascienden al mismo importe total que las dotaciones aprobadas para cada sociedad.

3. El importe de las dotaciones y de los recursos estimados en los presupuestos de explotación y de capital de cada sociedad se especifica en el anexo II.