Articulo 12 Protección Ci... Cantabria

Articulo 12 Protección Civil y Gestión de Emergencias de Cantabria

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Artículo 12. Bomberos voluntarios.

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1. Son bomberos voluntarios aquellas personas que colaboran de forma voluntaria, altruista y desinteresada con los municipios o las mancomunidades municipales en las tareas de prevención y extinción de incendios.

2. Son de aplicación a los bomberos voluntarios las disposiciones de la presente Ley relativas a las agrupaciones municipales de voluntarios de protección civil.

3. Sólo podrá existir una agrupación de bomberos voluntarios por municipio o mancomunidad de municipios.