Articulo 12 el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (refundición)
Ver Indice
»Artículo 12
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El asegurador podrá, además, ser demandado ante el órgano jurisdiccional del lugar en que se haya producido el hecho dañoso cuando se trate de seguros de responsabilidad o de seguros relativos a inmuebles. La misma regla será de aplicación cuando se trate de seguros que se refieren a inmuebles y a bienes muebles cubiertos por una misma póliza y afectados por el mismo siniestro.
