Articulo 12 Régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero -Ley-
Ver Indice
»Artículo 12. Validez de los derechos de emisión.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los derechos de emisión expedidos a partir del 1 de enero de 2013 tendrán validez indefinida. Los expedidos a partir del 1 de enero de 2021 indicarán en qué periodo de comercio se expidieron, y serán válidos para las emisiones desde el primer año de ese periodo en adelante.
Modificaciones
- Artículo modificado (12) por Ley 9/2020, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes.
(BOE de 17-12-2020) en vigor desde 18-12-2020
