Articulo 12 Régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad, no discr...nas con discapacidad
Articulo 12 Régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad, no discriminación y accesibilidad de personas con discapacidad
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»Artículo 12. Prescripción de las infracciones.
Vigente
Las infracciones a que se refiere la presente Ley calificadas como leves prescribirán al año, las calificadas como graves a los tres años y las calificadas como muy graves a los cuatro años.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2007 en vigor desde 27-03-2008