Articulo 12 Registro de Planeamiento y formato de presentación de instrumentos de planificación
- Téngase en cuenta que, aunque en un primer momento esta norma entraba en vigor a los seis meses de su publicación, el Decreto-Ley Foral 2/2020, de 25 de marzo, y posteriormente, la Ley Foral 7/2020, de 6 de abril, establecen su entrada en vigor a los dos meses contados desde el día en que finalice la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, o, en su caso, las prórrogas del mismo.
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»Artículo 12. Protección de datos de carácter personal.
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Lo dispuesto en este decreto se aplicará, en todo caso, de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal.
A tal efecto, los ayuntamientos y las personas promotoras deberán indicar, de forma expresa, aquella parte de la información suministrada que tiene carácter confidencial, al amparo de la legislación vigente en materia de protección de datos.
La unidad responsable del Registro verificará el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.
