Articulo 12 Reglamento de Caza

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Artículo 12. Clasificación de los terrenos.

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De acuerdo con la Ley 9/1998, de 2 de julio, de Caza de La Rioja, el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja se clasificará en terrenos cinegéticos y terrenos no cinegéticos.