Artículo 12 Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones públicas de Navarra
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»Artículo 12
Vigente
La valoración de los diversos apartados de la formación, docencia e investigación deberá guardar proporción con la adecuación que los mismos tengan a la naturaleza y características de los puestos de trabajo objeto de la correspondiente convocatoria.
Modificaciones
- Artículo modificado (12) por DECRETO FORAL 186/1998, de 15 de junio, por el que se modifica el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.
(NA de 03-07-1998) en vigor desde 04-07-1998

