Articulo 12 el que se reg... de Madrid

Articulo 12 el que se regula la prestación de Ayuda a Domicilio del Sistema de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid

Ver Indice
»

Artículo 12. Derechos de los usuarios.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los usuarios de la prestación de Ayuda a Domicilio gozarán de los siguientes derechos:

  1. A ser informados antes del inicio de la prestación de sus derechos y obligaciones.

  2. A recibir asistencia sin discriminación por razón de sexo, raza, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

  3. A un trato digno por parte del personal que le atienda.

  4. A la confidencialidad de los datos conocidos en función de la realización del servicio.

  5. A una asistencia individualizada acorde con sus necesidades específicas y según los términos y la periodicidad que previa valoración técnica se determine.

  6. A cesar en la utilización del servicio por voluntad propia.