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Articulo 12 se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón, en desarrollo del Decreto 103/2022, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Reglamentos que regulan la organización y funcionamiento del Registro de

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Artículo 12. Contenido de los certificados de inscripción.

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Las certificaciones de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón contendrán la siguiente información:

a) Información del licitador: razón social, objeto social, fecha de la escritura de constitución y demás datos registrales.

b) Indicación de los apoderamientos de la entidad mercantil, con la fecha de bastanteo, así como la extensión de las facultades de representantes o apoderados con capacidad para actuar en su nombre y obligarla contractualmente. Se incluirá el período de vigencia, el carácter mancomunado o solidario y los límites cuantitativo, cualitativo y geopolítico a que se hallen sujetos.

c) Datos relativos a la clasificación en obras o servicios, si constan.

d) Datos relativos a la solvencia económica, si constan.

e) La indicación del carácter de centro especial de empleo o empresa de inserción, en su caso.

f) Concurrencia o no de prohibiciones de contratar.

g) Declaraciones responsables de la entidad mercantil sobre prohibiciones de contratar, o ausencia de ellas, y de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

h) Fecha de inscripción en el registro, así como de la última modificación o renovación de los datos, en su caso.

i) Periodo de validez de la inscripción.

j) Fecha de expedición de la certificación.