Articulo 12 Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón
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»Artículo 12. Régimen económico.
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El Gobierno de Aragón, de conformidad con los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, dispondrá de los recursos económicos que estime necesarios para eliminar o reducir las causas de riesgo, apoyar las acciones de intervención en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública mediante la contratación de medios y recursos excepcionales o para reconstruir el tejido económico y social en la zona de la emergencia.
