Articulo 12 sobre el Consejo de Navarra

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Artículo 12. Incompatibilidades.

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Además de las incompatibilidades que le puedan afectar por aplicación de cualquier otra normativa vigente, la condición de miembro del Consejo de Navarra será incompatible con la de.

a) Miembro del Gobierno de Navarra.

b) Cualquier cargo electivo en las instituciones de la Unión Europea, del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

c) Cualquier cargo directivo de partidos políticos y organizaciones sindicales y patronales.

d) Miembro en ejercicio de las carreras fiscal o judicial.

e) Cualquier cargo directivo en empresas concesionarias o contratistas de obras o servicios públicos.