Artículo 12 sobre limitación para 2025 de la cuantía inicial de las pensiones públicas y revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas del Estado y de otras prestaciones sociales públicas
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»Artículo 12. Importe del complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género de las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social y del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
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Con efectos de 1 de enero de 2025, la cuantía del complemento para la reducción de la brecha de género queda establecida en 35,90 euros mensuales, conforme a los dispuesto en el artículo 65.2 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero.
