Articulo 120 Código del Derecho Foral de Aragón
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»Artículo 120. Comunicaciones.
Vigente
La resolución de desamparo se comunicará al Ministerio Fiscal y se notificará en legal forma a los padres, tutores o guardadores, en un plazo de cuarenta y ocho horas. Siempre que sea posible, en el momento de la notificación se les informará de forma presencial y de modo claro y comprensible de las causas que dieron lugar a la intervención de la Administración y de los posibles efectos de la decisión adoptada.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011