Articulo 120 Cooperativas de Asturias
- Norma vigente hasta el 10 de agosto de 2026. - Ley del Principado de Asturias 4/2026, de 28 de mayo, de Cooperativas.
Ver Indice
»Artículo 120.-Inscripción y publicación del acuerdo de disolución.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El acuerdo de disolución o, en su caso, la resolución judicial, deberá inscribirse en el Registro de Sociedades Cooperativas del Principado de Asturias y se publicará en uno de los diarios de mayor circulación del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en el plazo de treinta días desde que se adoptó el acuerdo o se notificó la resolución.
