Articulo 120 General Trib...de Bizkaia

Articulo 120 General Tributaria de Bizkaia

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Artículo 120. Procedimientos de gestión tributaria

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1. Son procedimientos de gestión tributaria, entre otros, los siguientes:

a) El procedimiento iniciado mediante autoliquidación.

b) El procedimiento iniciado mediante declaración.

c) El procedimiento de revisión de autoliquidaciones y de liquidaciones provisionales.

d) Los procedimientos de devolución y de cuantificación de la deuda tributaria iniciados de oficio.

e) El procedimiento de comprobación de valores.

f) El procedimiento de comprobación limitada.

2. Reglamentariamente se podrán regular otros procedimientos de gestión tributaria a los que serán de aplicación, en todo caso, las normas establecidas en el Capítulo II de este Título.