Articulo 120 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico
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Artículo 120. Principios y procedimientos en materia de subvenciones.

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Serán de aplicación en su integridad a las fundaciones del sector público de Galicia los principios previstos en la legislación general sobre subvenciones.

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  • Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 01-01-2011