Artículo 120 protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats
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»Artículo 120.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (120 (se deroga)) por Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza de Navarra.
(NA de 28-12-2005) en vigor desde 29-12-2005 - Modificación realizada (120 (apdos. 3 y 18, se levanta su suspensión)) por Recurso de inconstitucionalidad número 1997/1993, planteado por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley Foral del Parlamento de Navarra 2/1993, de 5 de marzo.
(BOE de 19-11-1993) en vigor desde 19-11-1993 - Artículo modificado (120 (apdos. 3 y 18, se suspenden)) por RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1997/1993, PLANTEADO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO CONTRA DETERMINADOS PRECEPTOS DE LA LEY FORAL DEL PARLAMENTO DE NAVARRA 2/1993, DE 5 DE MARZO.
(BOE de 03-07-1993) en vigor desde 03-07-1993
