Articulo 120 Reglamento d...Terrestres

Articulo 120 Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres

Ver Indice
»

Artículo 120.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La resolución dictada por el órgano competente en materia de autorizaciones en relación con la pérdida de honorabilidad pondrá fin a la vía administrativa y deberá ser notificada para su inscripción a la Oficina Central del Registro de Empresas y Actividades de Transporte.