Articulo 121 Contratos públicos -Derogada-
Articulo 121 Contratos pú...-Derogada-

Articulo 121 Contratos públicos -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 121. Extinción de los contratos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los contratos se extinguirán por cumplimiento o por resolución.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-06-2006 en vigor desde 06-07-2006