Articulo 121 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización
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»Artículo 121
Vigente
Se modifica el apartado 7 del artículo 108, de la Ley 2/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Física de la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:
«Artículo 108. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves:
7. La publicidad, directa o indirecta, de bebidas alcohólicas de graduación superior a 20 grados y tabaco, dentro de las instalaciones en las que se celebren competiciones deportivas.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 01-01-2014