Articulo 121 Reforma del ... Andalucia

Articulo 121 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia

Ver Indice
»

Artículo 121. Estatuto y régimen jurídico.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El régimen jurídico y administrativo del Consejo de Gobierno y el estatuto de sus miembros será regulado por ley del Parlamento de Andalucía, que determinará las causas de incompatibilidad de aquéllos. El Presidente y los Consejeros no podrán ejercer actividad laboral, profesional o empresarial alguna.