Articulo 121 Reglamento M...-Derogado-

Articulo 121 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid -Derogado-

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Artículo 121. Ámbito de aplicación de las normas de este Título.

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El presente Título contiene las normas que son de directa aplicación al personal a que hace referencia el artículo 51.2 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el artículo 6 de la Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid y la Disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto Legislativo 781/1986 por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local.