Articulo 121 Simplificación y mejora de la regulación normativa
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»Artículo 121. Modificación del artículo 9 de la Ley 33/2010
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Se modifican las letras e y f y se añade una nueva letra, la f , al artículo 9 de la Ley 33/2010, que quedan redactadas del siguiente modo:
"e) Elaborar y gestionar el censo de equipamientos y servicios juveniles regulado por el artículo 34, y prestar asistencia y cooperación a los equipamientos y servicios juveniles incluidos en el mismo.
"f) Regular por reglamento, si procede, los equipamientos y servicios juveniles que, por su naturaleza especial y por el carácter público de sus funciones, lo requieran.
"f ) Ordenar, inscribir y gestionar el censo de entidades juveniles regulado por el artículo 41."
