Articulo 121 TR Ley Gener...da Pública

Articulo 121 TR. Ley General de la Hacienda Pública

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Artículo 121. Modificación de las resoluciones de concesión.

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Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Esta circunstancia se deberá hacer constar en las correspondientes normas reguladoras de la concesión de subvenciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-03-2010 en vigor desde 19-03-2010