Articulo 121 TR. de la Ley reguladora de los residuos de Cataluña
Ver Indice
»Artículo 121. Prescripción de sanciones
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las sanciones prescriben en los mismos plazos señalados en el artículo 120, según las respectivas clases de infracción, contados desde que la resolución sancionadora alcanza firmeza en todas las vías.
