Artículo 122 tercero. Sujetos pasivos.
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Son los sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que reciban la prestación del servicio.
Modificaciones
- Artículo modificado (122 tercero (se añade)) por Ley del Principado de Asturias 6/2004, de 28 de diciembre, de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2005.
(AS de 31-12-2004) en vigor desde 01-01-2005
