Artículo 122 5 TR de las ...s Públicos

Artículo 122 quinto. Tarifa.

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Artículo 122 quinto. Tarifa.

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La tasa se exigirá conforme a las siguientes tarifas:

a) Depuración: 0,30 €/kg.

b) Por cada día o fracción que se mantenga el producto estabulado en las balsas, a partir de la finalización de la depuración, excepto sábados, domingos o festivos 0,15 €/kg.

Modificaciones