Articulo 122 Atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos
Artículo 122.- Roles en la Red de Portales «euskadi.eus».
1.- En todos los portales de la Red se distinguirán, los siguientes roles organizativos y funciones:
a) Responsable técnico o técnica web:
- Ejercer la interlocución con el órgano competente en atención a la ciudadanía.
- Mantener el inventario de portales y servicios web de su departamento, organismo o ente y comunicar al órgano competente en atención a la ciudadanía cualquier modificación en los mismos.
- Coordinar con el órgano competente en atención a la ciudadanía los trabajos de creación, modificación o eliminación de portales y servicios web.
- Garantizar el cumplimiento de las Normas de Presencia en Internet reguladas en el artículo 45.
- Definir y mantener la estructura de los portales, gestionar y actualizar los elementos dinámicos y los contenidos horizontales.
- Coordinar la gestión de personas usuarias.
- Coordinar las actividades de edición, catalogación y aprobación de contenidos.
- Supervisar los contenidos publicados y realizar la mejora continua del portal.
b) Editor o editora de contenidos:
- Redactar, elaborar y mantener los contenidos de una o varias áreas de actuación, de acuerdo con las Normas de Presencia en Internet.
2.- Se fomentará la gestión de contenidos descentralizada dentro del propio departamento o entidad, con el objetivo de que cada área organizativa sea autónoma en la creación y mantenimiento de los contenidos de sus áreas de actuación.
3.- Cada departamento, organismo autónomo y ente público de derecho privado comunicará formalmente la identificación del responsable web de cada portal de «euskadi.eus» mediante correo electrónico a la dirección webzerbitzua@euskadi.eus.