Articulo 122 Deporte y la Actividad Física
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»Artículo 122. Compatibilidad de la potestad jurisdiccional deportiva
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La potestad jurisdiccional deportiva es compatible e independiente de otras responsabilidades administrativas, de la responsabilidad civil o penal, así como del régimen derivado de las relaciones laborales, que se regirán por la legislación correspondiente en cada caso.
