Articulo 122 Suelo
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 122. Concepto
Vigente
En el sistema de compensación los propietarios aportan los terrenos de cesión obligatoria, realizan a su costa la urbanización en los términos y condiciones que se determinen en el plan y se constituyen en junta de compensación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-02-2016 en vigor desde 19-03-2016