Articulo 12214 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 12.21-4. Cuota
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Por la prestación del servicio correspondiente al hecho imponible del artículo 12.21-1, se fijan las siguientes cuotas:
a) Por emisión del informe de inspección: 395,42 euros.
b) Por visita a las instalaciones, cuando sea necesaria para emitir el informe de inspección: 599,14 euros.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales,administrativas, financieras y del sector público.
(GC de 30-01-2014) en vigor desde 02-09-2014
