Articulo 12215 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 12.21-5. Bonificaciones.
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Se establece una bonificación del 75% sobre las cuotas establecidas por el artículo 12.21-4 para los establecimientos que dispongan del certificado de registro en el sistema de gestión y auditoría medioambiental de la Unión Europea (EMAS) y del 50% para los establecimientos que formen parte del Programa de acuerdos voluntarios para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero de la Generalidad, siempre que los gestores de este programa hayan validado el inventario de emisiones realizado por el establecimiento y las medidas de reducción asociadas. Estas bonificaciones no tienen carácter acumulativo.
Modificaciones
- Modificación realizada (12.21-5) por LEY 2/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público.
(GC de 31-12-2021) en vigor desde 01-01-2022 - Artículo modificado (12.21-5 (se añade)) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(GC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020
