Articulo 1222 TR Disposic...os cedidos

Articulo 1222 TR. Disposiciones dictadas en materia de tributos cedidos

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Artículo 122-2.- Tipo impositivo de determinadas operaciones inmobiliarias en función del cumplimiento de ciertos requisitos.

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La cuota tributaria se obtendrá aplicando sobre la base imponible el tipo del 2 por 100 en las primeras copias de escrituras que documenten transmisiones de bienes inmuebles en las que se haya procedido a renunciar a la exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido conforme a lo dispuesto en el artículo 20, apartado dos, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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