Articulo 123 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
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»Artículo 123. Secretario de Instituto Universitario de Investigación.
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1. El Director del Instituto Universitario de Investigación estará auxiliado en sus funciones por el Secretario.
2. El Secretario del Instituto Universitario de Investigación será propuesto por el Director, entre los investigadores o docentes del instituto con dedicación a tiempo completo.
