Articulo 123 Montes de Aragón
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»Artículo 123. Clasificación de las infracciones y cuantía de las sanciones.
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1. Las infracciones a lo dispuesto en la presente serán sancionadas con las siguientes cuantías:
Infracciones leves: multa de 100 a 1.000 euros.
Infracciones graves: multas de 1.001 a 100.000 euros.
Infracciones muy graves: multas de 100.001 a 1.000.000 euros.
2. En el supuesto de que el beneficio derivado de una infracción supere la cantidad establecida en el apartado anterior, podrá elevarse la cuantía de la multa hasta superar ese beneficio.
