Articulo 124 Agraria de I Balears

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Artículo 124. Compensación por las presiones ejercidas sobre suelo rústico

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1. Los instrumentos que define este capítulo, en especial los contratos territoriales, pueden ser utilizados para compensar los perjuicios ocasionados por presiones ejercidas por las actividades y los usos impropios del suelo reservado a la actividad agraria.

2. La administración competente en materia agraria debe desarrollar reglamentariamente la compensación de los usos impropios del suelo rústico.