Articulo 124 Medidas 2014 Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat
Ver Indice
»Artículo 124
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el artículo 24 de la Ley 4/1988, de 3 de junio, del juego de la Comunitat Valenciana, incorporando estos dos apartados:
«l) La perturbación del orden en los establecimientos de juego en la medida en que afecte al normal desarrollo de la actividad así como la conducta insultante o agresiva con el personal del establecimiento.
m) Utilizar, por parte de jugadores y apostantes, fichas, cartones, boletos u otros elementos de juego que sean falsos, así como manipular máquinas u elementos de juego.»
