Articulo 124 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana
Artículo 124
Se modifica el apartado 1 del artículo 47 de la Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:
Artículo 47. Eliminación de residuos
1. Las administraciones autonómicas y locales, en el ámbito de sus competencias, deben asegurarse de que, cuando no se lleve a cabo la valorización según lo dispuesto en el artículo 41, los residuos sean objeto de operaciones de eliminación seguras adoptando las medidas que garanticen la protección de la salud humana y el medio ambiente.
Este artículo habrá de interpretarse y aplicarse teniendo en cuenta las prescripciones del artículo 27 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en la redacción dada por la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regula el sistema de gestión de la política agraria común, posterior a la aprobación de la norma autonómica.
(…).