Articulo 124 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 124.
Vigente
La confección del alarde al que se refiere el artículo 317.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial se sujetará a las normas contenidas en este Título.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011