Articulo 125 Conservación de la Naturaleza en La Mancha
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»Artículo 125. Prescripción de las infracciones.
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Las infracciones previstas en esta ley prescribirán: Las muy graves en el plazo de cinco años, las graves en el plazo de tres años y las leves en el plazo de un año.
Modificaciones
- Artículo modificado (125) por Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. [2015/3029]
(CM de 12-03-2015) en vigor desde 02-04-2015
