Articulo 125 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público
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»Artículo 125. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA AUTOLIQUIDACIÓN PARA LOS HECHOS IMPONIBLES SUJETOS AL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado (125 (se deroga)) por DECRETO LEGISLATIVO 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos.
(GC de 14-03-2024) en vigor desde 15-03-2024
