Articulo 125 normativa reguladora del IVA
Articulo 125 normativa re...ra del IVA

Articulo 125 normativa reguladora del IVA

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 125. Ambito objetivo de aplicación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca será aplicable a las explotaciones agrícolas, forestales, ganaderas o pesqueras que obtengan directamente productos naturales, vegetales o animales de sus cultivos, explotaciones o capturas para su transmisión a terceros, así como a los servicios accesorios a dichas explotaciones a que se refiere el artículo 127 de esta Norma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-01-1993 en vigor desde 29-01-1993