Articulo 125 Promoción de la actividad económica
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»Artículo 125. Adición del artículo 252-8 al Código de consumo
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Se añade un artículo, el 252-8, al Código de consumo, con el siguiente texto:
"Artículo 252-8. Servicios de las empresas concesionarias de autopistas de peaje
"Las empresas concesionarias de autopistas de peaje de pago directo por parte del usuario o usuaria están obligadas a garantizar la seguridad de las instalaciones y a informar en los accesos a la concesión sobre las incidencias que afecten a la fluidez y la seguridad del tráfico."
