Articulo 125 Reglamento general de aplicación de la Ley de caza -Derogado-
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»Artículo 125. Comisión Regional de Homologación de Trofeos de Caza.
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1. Se constituirá la Comisión Regional de Homologación de Trofeos de Caza, adscrita a la Consejería competente en materia cinegética. Esta Comisión, será la máxima autoridad en lo referido a la valoración y homologación de trofeos de caza conseguidos en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. Su composición y funcionamiento se desarrollará por Orden de la Consejería.
2. Dicha Comisión, a efectos de homologación nacional e internacional de los trofeos que homologue, trasladará sus homologaciones a la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza, y colaborará con la misma en los cometidos que les sean propios.
Modificaciones
- Artículo modificado (125) por Decreto 131/2012, de 17/08/2012, por el que se modifica el Decreto 141/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de aplicación de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha. [2012/11957]
(CM de 21-08-2012) en vigor desde 01-10-2012
